SISTEMA ESCALAFONARIO Y RETRIBUTIVO DEL INSSJP
 
>> ART.9,- AGRUPAMIENTO SERVICIOS GENERALES Y MANTENIMIENTO
>>ANEXO 1 - SGyM TRAMO B:

>> SGyM TRAMO C:
>> SGyM TRAMO D:
>>
ART. 10.-AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO:
>>
ANEXO II: ADM TRAMO A:
>> ADM TRAMO B:
>> ADM TRAMO C:
>>
ADM TRAMO D:
>> ART. 11.- AGRUPAMIENTO TECNICO:
>> ANEXO III. - TEC TRAMO A:
>> TEC TRAMO B:
>> TEC TRAMO C:
>> TEC TRAMO D:
>> ART. 12.- AGRUPAMIENTO PROFESIONAL
>> ANEXO IV.-
>> PROF TRAMO A:

>>
PROF TRAMO B:
>>
PROF TRAMO C:
>>
PROF TRAMO D:
 

En la ciudad autónoma de Buenos Aires, a los 29 dias del mes de noviembre de 2006, siendo las 11:00 horas compadecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante el Sr. Director de Negociación Colectiva Lic. Adrián CANETO; los miembros de la COMISION PARITARIA PERMANENTE (CPP) del convenio colectivo de trabajo (CCT) nº 697/05/E.------------
Se hacen presentes por el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (I.N.S.S.J.P.): Diego GARCIA DE GARCIA VILAS, Florencia TEULY, Emiliano SOSA, y Gastón BLANCHETIERE. Por las organizaciones Sindicales signatarias del CCT: ASOCIACION DE PROFESIONALES DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL Y AFINES (APPAMIA): Roberto Daniel SOUTO y Maria Teresa ORTELLADO.
ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE): Ramón FARIAS, Víctor OVIEDO, Néstor LLANOS y Mabel DE PASCUAL, esta en su carácter de delegada de base. UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN): Sergio LUQUE, Susana CORDOBA, Gustavo MARTINEZ, Carlos RODRIGUEZ MORÄN, este en su carácter de paritario de la subcomisión de carrera Y Miguel Ángel MASETTI en su carácter de delegado de base. UNION DE TRABAJADOERES DEL INSTITUTO (UTI): Horacio ALVAREZ, Federico LUQUI, Osvaldo BARREÑADA, este en su carácter de paritario de la subcomisión de carrera y Rubén GARCIA en su carácter de delegado de base. Se encuentra presente el Sindicato General del INSSJP, contador Marcelo COUVIN.----------------------------------------------------
Abierto el acto LAS PARTES en forma conjunta manifiestan, que luego de arduas negociaciones han arribado al siguiente ACUERDO COLECTIVO DE TRABAJO:
1) Que vienen por la presente a dejar constancia que el acuerdo cuya homologación se solicita en este acto constituye el resultado de la implementación del CONVENIO COLECTIVO 697/ 05 “E” y del acuerdo colectivo de la COMISION PARITARIA PERMANENTE, que en cumplimiento al articulo 6 del citado convenio, aprobara el SISTEMA ESCALAFONARIO Y RETRIBUTIVO DEL INSSJP.-------------------------------------------------------------------------------
2) Que en oportunidad de aprobarse el “SISTEMA ESCALAFONARIO Y RETRIBUTIVO DEL INSSJP, cuya vigencia data desde el 1 de diciembre de 2005, se procedió a encasillar a los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación del CCT 697/05 “E” en CINCO AGRUPACIONES , esto es, INGRESO, SERVICIOS GENERALES Y MANTENIMIENTO, ADMINISTRATIVO, TECNICO Y PROFESIONAL, el que se llevó a cabo conforme los parámetros establecidos en el articulo 2º inciso b) del anexo 1 del mencionado SISTEMA ESCALAFONARIO Y RETRIBUTIVO DEL INSSJP.
En dicho acuerdo se estableció asimismo la posterior apertura de cada AGRUPAMIENTO EN TRAMOS Y NIVELES. No obstante ello y hasta la
aprobación definitiva de los TRAMOS Y NIVELES, se procedió a asignar transitoriamente a los trabajadores en TRES NIVELES (articulo 44 del SISTEMA ESCALAFONARIO) definidos, a la fecha, en función de la antigüedad.--------------------------------------------------------------------------
3) El acuerdo homologado se solicita en este acto, da cumplimiento a la referido apertura de cada AGRUPAMIENTO en TRAMOS Y NIVELES, el que se aplica a los trabajadores incluidos en la resolución 1523/05-DE. Quedan exceptuados del presente Sistema Escalafonado y Retributivo los médicos de cabecera, en atención a la modalidad especifica de prestación de servicios y que la contraprestación que perciben se encuentra asociada al valor cápita fijada por el Instituto y la asignación que se disponga de conformidad al modelo prestacional vigente.--------------------------
4)Cada AGRUPAMIENTO está compuesto por cuatro “TRAMOS”, de acuerdo a la complejidad de las tareas, autonomía en el desarrollo de las mismas y conocimientos específicos para su ejecución, que se identifican con las letras “A”-, “B”, “C”, y “D”, con excepción del agrupamiento de Servicio Generales y Mantenimiento que está compuesto por los TRAMOS “B”,”C” y “D”.--------------------------------------------------------------------------------------------------
5) Se acuerda, también, que cada uno de los “TRAMOS” esté compuesto por quince NIVELES, que permitirán el desarrollo de la carrera propia de cada trabajador, que se identificarán con los números del “1” al “15”, los que se implementarán en forma definitiva l momento de aprobación de la CARRERA ADMINISTRATIVA y su promoción estará sujeta al cumplimiento de los requisitos allí dispuestos, en tanto se aprueben las evaluaciones de desempeño y se cumplan los requisitos de capacitación y los tiempos de permanencia en el nivel.-----------------------------------
6) Por ello, excepcionalmente se acuerda la asignación del personal en SEIS NIVELES, conforme a las siguientes pautas: ----------------------------------------------------------------------------
a) Para la asignación en los SEIS NIVELES , se tendrá en cuenta la antigüedad de los tragadores en el INSSJP computada al día 30 de septiembre de 2006;
b) NIVEL 1-. Quedan comprendidos en este NIVEL, los trabajadores que cuenten con menos de seis (6) años de antigüedad en el Instituto;
c) NIVEL 2:- quedan comprendidos en este NIVEL los trabajadores que cuenten entre seis (6) y hasta doce (12) años de antigüedad en el Instituto;
d) NIVEL 3:- Quedan comprendidos en este NIVEL los trabajadores que cuenten con mas de doce (12) y hasta dieciocho (18) años de antigüedad en el Instituto.
e) NIVEL 4:- Quedan comprendidos en este NIVEL los trabajadores que cuenten con mas de dieciocho (18) y hasta veinticuatro (24) años de antigüedad en el Instituto;
f) NIVEL 5;- quedan comprendidos en este NIVEL los trabajadores que cuenten con mas de veinticuatro (24) y hasta treinta (30) años de antigüedad en el Instituto y;
g) NIVEL 6;- quedan comprendidos en este NIVEL los trabajadores que cuenten con más de treinta (30) años de antigüedad en el Instituto.--------------------------------------------------------
7) El desarrollo de los niveles se realiza dentro de cada tramo, el que por su especificidad es en un principio inamovible, salvo que excepcionalmente se concurse para cubrir una vacante en un tramo distinto al de revista o cuando se produzca una modificación sustancial en las tareas realizadas habitualmente, que ameriten la reasignación en un tramo inferior.-------------------------
8) En esta etapa, la asignación del personal en los TRAMOS y en los SEIS NIVELES ya referenciados representará un adicional de carácter remunerativo, a percibir por cada trabajador según su situación particular, de acuerdo al siguiente detalle: -------------------------------------------
a) adicional por TRAMO A : CIENTO SETENTA Y CINCO UNIDADES RETRIBUTIVAS (175 UR);
b) adicional por TRAMO B: CIENTO VEINTICINCO UNIDADES RETRIBUTIVAS (125 UR);
c) adicional por TRAMO C: SETENTA Y CINCO UNIDADES RETRIBUTIVAS (75 UR);
d) adicional por TRAMO D: VEINTICINCO UNIDADES RETRIBUTIVAS (25 UR);
e) adicional por NIVEL 1: VEINTICINCO UNIDADES RETRIBUTIVAS (25 UR);
f) adicional por NIVEL 2: CINCUENTA UNIDADES RETRIBUTIVAS (50 UR);
g) adicional por NIVEL 3: SETENTA Y CINCO UNIDADES RETRIBUTIVAS (75 UR);
h) adicional por NIVEL 4: CIEN UNIDADES RETRIBUTIVAS (100 UR);
i) adicional por NIVEL 5: CIENTO VEINTICINCO UNIDADES RETIBUTIVAS (125 UR);
j) adicional por NIVEL 6: CIENTO CINCUENTA UNIDADES RETRIBUTIVAS (150 UR);
9) Se aclara que los valores consignados para cada tramo corresponden a una jornada completa de 35 o más horas semanales, por lo tanto aquellos casos de cumplimiento de una jornada horaria menor, ese valor será liquidado en forma proporcional.--------------------------------------------------
10) La apertura de los TRAMOS y de los SEIS NIVELES tendrá vigencia a partir del 1º de octubre de 2006, abonándose conjuntamente con la liquidación de haberes del mes de enero de 2007 los retroactivos correspondientes a octubre y noviembre de 2006.-------------------------------
11) Se acuerda que conforme lo previsto en los artículos 21 y 44 del SISTEMA ESCALAFONARIO Y RETRIBUTIVO, a los trabajadores que perciben a la fecha, el rubro “Adicional por Conversión Escalafonaria”, se le reducirá del valor de ese rubro (conversión escalafonaria) los importes que se le abone en concepto de adicionales por TRAMO Y NIVEL.--
12) Cada ANEXO establecido en el presente Régimen forma parte integral de los respectivos artículos que definen los agrupamientos previstos en la Resolución 1523/05-DE.-------------------------------

ART.9,- AGRUPAMIENTO SERVICIOS GENERALES Y MANTENIMIENTO
ANEXO 1
SGyM TRAMO B:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSPJ que realicen tareas de alta complejidad en el agrupamiento de los servicios generales y mantenimiento.
Los trabajadores tienen a su cargo el control del cumplimiento de procesos de trabajo y procedimientos, establecidos por el marco normativo del Instituto o superiores jerárquicos.
Para ser encuadrado en este tramo se requiere de conocimientos específicos, formación en las tareas y relativa autonomía para la toma de decisiones, dentro de la competencia asignada y bajo supervisión del superior jerárquico.
Puede implicar el control operativo de unidades organizativas de menor nivel, definiendo el ritmo de ejecución y la distribución de las tareas para lograr sincronización del área.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Supervisión general del personal del sector.
• Supervisión y relevamiento de tareas del personal del sector.


SGyM TRAMO C:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tares de mediana complejidad en los servicios generales y mantenimiento y de cierta diversidad.
Requiere conocimientos dentro de un Área u oficio y responsabilidad en el cumplimiento de objetivos dentro del marco normativo del Instituto o establecidos por el superior jerárquico.
Puede implicar la supervisión de tareas realizadas por otros agentes.
Estarán comprendidos en este Tramos los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Coordinación de ambulancias.
• Auxiliar de enfermería.
• Chofer de ambulancia.
• Radioperadores.
• Supervisión de tareas de mantenimiento

SGyM TRAMO D:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSPJ que realicen tareas simples y repetitivas en el área de los servicios generales y mantenimiento.
Requiere de responsabilidad para obtener los resultados indicados por los superiores jerárquicos dentro de los procedimientos previamente establecidos por éstos y bajo supervisión inmediata.
Requiere aptitud y habilidad para la tarea, aunque el trabajador carezca de formación técnica especifica para su desempeño.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:∑ Entrada y salida correspondiente
• Recepción y registro de documentación
• Confección de hoja de ruta diaria
• Manejo de vehículos
• Mantenimiento de vehículos
• Realización de inventarios y control de stock
• Atención del conmutador telefónico
• Tareas de pintura
• Reparación de mobiliario
• Mantenimiento sanitario y de gas del instituto
• Carpintería, herrería, chapista
• Electricista
• Bombero
• Confección de sellos
• Impresión de copias y/o tareas de fotocopiado
• Tareas de limpieza o maestranza (de oficinas, vehículos. Lavado de copas)
• Camillero
• Cocineros
• Mucamas
• Cafetería / mensajeria
• Seguridad y vigilancia
• Tareas de albañilería
• Confección de ropa
• Distribución de insumos a afilados
• Control de equipos de radio
• Mantenimiento de cables y artefactos eléctricos del edificio
• Reparación de infraestructura
• Auxiliar de laboratorio
• Auxiliar de esterilización.


ART. 10.-AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO:
ANEXO II:
ADM TRAMO A:


Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas administrativas de máxima complejidad.. Comprende tareas de coordinación, organización, planificación y control dentro de una determinada área y a cargo de una gran unidad organizativa.
Los trabajadores comprendidos en este tramo son responsables del cumplimiento de los objetivos impuestos en el marco normativo del Instituto, con autonomía para la toma de decisiones dentro de la competencia específicamente asignada.
Estarán comprendidos en este tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Organización y distribución de las tareas del sector o unidad organizativa.
• Control del funcionamiento del área o unidad organizativa así como del
resultado de los procesos de trabajo.
• Organización y supervisión de equipos de auditoria.

ADM TRAMO B:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas administrativas de alta complejidad.
Los trabajadores tienen a su cargo el control del cumplimiento de procesos de trabajo y procedimientos, establecidos por el marco normativo del Instituto o superiores jerárquicos.
Para ser encuadrado en este Tramo se requiere de conocimientos específicos en el área, formación de tareas y relativa autonomía para la toma de decisiones, dentro de la competencia asignada y bajo supervisión del superior jerárquico.
Puede implicar el control operativo de unidades organizativas de menor nivel definiendo el ritmo de ejecución y la distribución de las tareas para lograr sincronización del área.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Supervisión general del personal del sector
• Supervisión y relevamiento de tareas del personal del sector
• Control y supervisión de informes, contratos, convenios, o resoluciones
• Investigación, penalización y aplicación de multas a proveedores
• Autorización final de pagos y control de circuitos contables
• Tareas de auditoria (de prestadores, expedientes o instituciones)
• Diseño de proyectos y estrategias
• Control y supervisión de prestaciones e instituciones
• Implementación de normas
• Administración de los recursos financieros y patronales del INSSJP

ADM TRAMO C:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas administrativas de mediana complejidad y de cierta diversidad.
Requiere conocimientos específicos dentro de un área y responsabilidad en el cumplimiento de objetivos, dentro del marco normativo del Instituto o establecidos por el superior jerárquico.
Puede implicar la supervisión de tareas realizadas por otros agentes.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Asistencia técnica-administrativa a superiores jerárquicos.
• Elaboración de contratos, convenios, resoluciones, dictámenes o disposiciones.
• Elaboración de informes técnicos-administrativos
• Elaboración de proyectos técnico-administrativo
• Tareas de capacitación
• Coordinación de actividades y talleres
• Atención al publico personal o telefónica
• Confección y actualización de padrones
• Análisis, evaluación, seguimientos y control de expedientes administrativos
• Asistencia técnica contable
• Elaboración de pliegos de licitación y concursos de precios
• Elaboración y evaluación de presupuestos
• Elaboración de liquidaciones de pago
• Facturación y control de facturación
• Carga y registro informático de datos
• Actualización de legajos, altas y bajas de agentes
• Carga y liquidación de novedades de presentismo/ ausentismo
• Carga y liquidación de horas extraordinarias
• Tareas de secretario/a al superior jerárquico
• Soporte informático.

ADM TRAMO D:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas administrativas, simples y repetitivas.
Requiere de responsabilidad para obtener los resultados indicados por los superiores jerárquicos dentro de los procedimientos previamente establecidos por estos y bajo supervisión inmediata.
Requiere aptitud para la tarea, aunque el trabajador carezca de formación específica para su desempeño.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Control manual de partes de asistencia
• Confección de partes diarios de novedades
• Control manual de tarjetas de ingreso egreso del personal
• Asignación de turnos
• Recepción y distribución de documentación y correspondencia
• Recepción, caratulacion y distribución de expedientes
• Confección manual de planillas (asistencia, liquidación, estadísticas , vacaciones)
• Foliación de documentación
• Archivo de documentación y/o expedientes
• Recepción y control de insumos
• Atención a proveedores
• Atención del conmutador telefónico
• Envió y recepción de fax
• Tareas de fotocopiado

ART. 11.- AGRUPAMIENTO TECNICO:
ANEXO III.-
TEC TRAMO A:


Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que cumplan tareas técnicas de máxima complejidad, para las cuales deben poseer titulo o matricula habilitante. Las tareas comprenden el desarrollo de planes y proyectos institucionales, el asesoramiento, organización, dirección o control en grandes unidades organizativas de la institución.
Los trabajadores comprendidos deben poseer formación especializada para el cumplimiento de sus tareas, y responsabilidad en el cumplimiento de los objetivos impuestos dentro del marco normativo del instituto, con autonomía funcional para la toma de decisiones dentro de la competencia específicamente asignada.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Organización y distribución de las tareas del sector o unidad organizativa.
• Control del funcionamiento del sector o unidad organizativa.
• Organización y supervisión de equipo de auditoria.

TEC TRAMO B:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas de alta complejidad técnica, para las cuales deben poseer titulo o matricula habilitante.
Los trabajadores tienen a su cargo el control del cumplimiento de procesos de trabajo y procedimientos, establecidos por el marco normativo del Instituto o superiores jerárquicos.
Para ser encuadrado en este Tramo se requiere de conocimientos específicos en el área; formación en las tareas y relativa autonomía para la toma de decisiones, dentro de la competencia asignada y bajo supervisión del superior jerárquico.
Puede implicar el control operativo de unidades organizativas de menor nivel definiendo el ritmo de ejecución y la distribución de las tareas para lograr sincronización del área.
Estarán comprendidos en este tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Desarrollo del software y de herramientas informáticas
• Administración de redes informáticas
• Tareas de auditoria (de prestadores, expedientes y/o instituciones)
• Control y supervisión de informes
• Investigación, penalización y aplicación de multas a proveedores
• Autorización final de pagos y control de circuitos contables
• Diseño y control de políticas de seguridad informática
• Supervisión general de personal del sector
• Supervisión y relevamiento de tareas del personal del sector.

TEC TRAMO C:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas técnicas propias de su campo disciplinario de mediana complejidad y cierta diversidad.
Requiere conocimientos específicos dentro del área y responsabilidad en el cumplimiento de objetivos, dentro del marco normativo del Instituto o establecidos por el superior jerárquico.
Puede implicar la supervisión de tareas realizadas por otros agentes.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Asistencia técnica-administrativa a superiores jerárquicos
• Elaboración de contratos, convenios, resoluciones, dictámenes o disposiciones
• Elaboración de informes técnico-administrativos
• Elaboración y diseño de proyectos técnicos-administrativos
• Tareas de capacitación
• Coordinación de actividades y talleres
• Atención al publico personal o telefónica
• Confección y actualización de padrones
• Asistencia técnica contable
• Elaboración de pliegos de licitación y concursos de precios
• Elaboración y evaluación de presupuestos
• Elaboración de liquidaciones de pagos
• Facturación y control de facturación
• Carga y administración de registros informáticos
• Soporte informático
• Instalación y mantenimiento de insumos y elementos informáticos
• Atención de pacientes (acorde a su especialidad técnica)
• Atención domiciliaria de pacientes (enfermería, kinesiología, fisioterapia, etc.,)
• Realización de tareas de enfermería
• Gestor previsional
• Tareas de hemoterapia

TEC TRAMO D:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen técnicas propias de su campo disciplinario, simples y con escasa diversidad.
Requiere de responsabilidad para obtener resultados dentro e los procedimientos previamente establecidos por el marco normativo del Instituto y la especialidad técnica.
Estarán comprendidos en este tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:∑ Realización de tareas de laboratorio y estudios clínicos (análisis clínicos, esterilización de material, rayos x, o espirometrías)
• Distribución y entrega de insumos
• Tareas auxiliares de enfermería
• Análisis, evaluación, seguimiento y control de expedientes administrativos

ART. 12.- AGRUPAMIENTO PROFESIONAL
ANEXO IV.-
PROF TRAMO A:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas profesionales de máxima complejidad, para las cuales deben poseer titulo universitarios y/o matricula habilitante.
Las tareas comprenden el desarrollo de planes y proyectos institucionales, el asesoramiento, organización, dirección o control en grandes unidades organizativas de la institución o a cargo de las mismas, así como la formulación y gestión de políticas específicas.
Los trabajadores comprendidos deben poseer formación especializada para el cumplimiento de sus tareas, y responsabilidad en el cumplimiento de los objetivos impuestos dentro del marco normativo del instituto, con autonomía funcional para la toma de decisiones dentro de la competencia específicamente asignada.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Organización y distribución de las tareas del sector o unidad organizativa
• Control del funcionamiento del sector o unidad organizativa
• Organización y supervisión de equipos de auditoria

PROF TRAMO B:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas de alta complejidad dentro de su competencia profesional, para las cuales deben poseer titulo o matricula habilitante.
Los trabajadores tiene a su cargo el control del cumplimiento de procesos de trabajo y procedimientos, establecidos por el marco normativo del instituto o superiores jerárquicos.
Para ser encuadrados en este Tramo se requiere de conocimientos específicos en el área, formación profesional en las tareas y relativa autonomía para la toma de decisiones, dentro de la competencia asignada.
Puede implicar el control operativo de unidades organizativas de menor nivel definiendo el ritmo de ejecución y la distribución de las tareas para lograr sincronización del área.
Estarán comprendidos en este tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Desarrollo de Software y de herramientas informáticas
• Administración de redes informáticas
• Tareas de auditoria ( de prestadores, expedientes y/o instituciones)
• Supervisión general de personal del sector o área
• Supervisión y relevamiento de tareas del personal del sector o área
• Control y supervisión de informes
• Investigación, penalización y aplicación de multas a proveedores
• Autorización final de pagos control de circuitos contables
• Diseño y control de políticas de seguridad informática
• Control del funcionamiento del servicio de emergencias y guardias medicas
• Coordinación o supervisión de equipos de profesionales.

PROF TRAMO C:

Corresponde a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas profesionales propias de su campo disciplinario, de mediana complejidad y cierta diversidad, para las cuales deban poseer titulo universitario y/o matricula habilitante.
Requiere conocimientos específicos dentro de un área y responsabilidad en el cumplimiento de objetivos, dentro del marco normativo del Instituto o establecimientos jerárquicos.
Puede implicar la supervisión de tareas realizadas por otros agentes
Estarán comprendidos en este tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Asistencia profesional a superiores jerárquicos
• Elaboración de contratos, convenios, resoluciones, dictámenes o disposiciones
• Elaboración de informes técnico-administrativos o profesionales
• Elaboración y diseño de proyectos técnico-administrativos o profesionales
• Asesoramiento y representación jurídica del INSSJP
• Pratocinio jurídico de beneficiarios
• Elaboración e investigación de sumarios administrativos
• Tareas de capacitación coordinación de actividades y talleres
• Atención al publico personal o telefónica
• Confección y actualización de padrones
• Asistencia profesional contable
• Elaboración de pliegos de licitación y concursos de precios
• Elaboración y evaluación de presupuestos
• Elaboración de liquidación de pagos
• Facturación y control de facturación
• Control, inspección o tasación de edificios o locales
• Supervisión y control de alimentos
• Carga y administración de datos y/o registros informáticos
• Atención medica de pacientes
• Atención domiciliaria de pacientes
• Operación medica o de cirugía
• Atención de guardias o emergencias medicas
• Anestesistas
• Administración de insumos informáticos y soporte técnico
• Realización de tareas de enfermería
• Análisis clínicos de laboratorio
• Evaluación de obras edilicias
• Diseño de planos de infraestructura

PROF TRAMO D:

Corresponden a aquellos trabajadores del INSSJP que realicen tareas profesionales propias de su campo disciplinario, simples y de escasa diversidad.
Requiere de responsabilidad para obtener resultados dentro de los procedimientos previamente establecidos por el marco normativo del Instituto y la especialidad profesional.
Estarán comprendidos en este Tramo los trabajadores que cumplan alguna de las siguientes tareas:
• Análisis, evaluación, seguimiento y control de expedientes administrativos
• Distribución y entrega de insumos
• Recepción y control de insumos o medicamentos
• Atención a proveedores
• Solicitar estudios médicos
• Realización de estudios médicos

13) La descripción y definición de los TRAMOS, y la asignación de los trabajadores del instituto en cada uno de ellos, se realiza tomando en cuenta el resultado del Relevamiento del Personal efectuado por la universidad de Tres de febrero, dentro del marco de la Resolución 272/05-DE, y como cumplimiento de los Convenios Específicos N°1 y Nº 2 suscriptos con esa Institución.
14) Solución de Controversias Individuales u Pluriindividuales. Las partes acuerdan conformar por el termino de noventa (90) días una Comisión Ad Hoc de Solución de Controversias integrada por un representante de cada una de las organizaciones signatarias del presente y por un representante del I.N.S.S.J.P.- Todo reclamo individual o pluriindividual relacionado con la aplicación del presente podrá sustanciarse, con carácter previo a cualquier otra instancia administrativa o judicial, ante la Comisión que se crea en la presente. El planteo deberá realizarse por escrito, debiendo la Comisión de Solución de conflictos remitir los antecedentes que originaran el reclamo conjuntamente con un dictamen no vinculante a consideración de la Gerencia de recursos Humanos para su resolución. El trámite del reclamo previo no podrá extenderse por un plazo mayor a noventa (90) días, a contar desde la interposición del reclamo.
Leído y RATIFICADO el presente Acuerdo, las partes solicitan su homologación y firman al pie en señal de plena conformidad ante mi que certifico.